|
SAG:
Eficiente Programa de Trazabilidad Sanitaria Oficial para el rubro Bovino

El Programa de Trazabilidad comenzará el
1 de noviembre de 2004 en la XI Región; para el resto del país se
implementará a partir del 1 de enero de 2005.
Más información www.trazabilidad.sag.gob.cl a plena identificación de
los predios ganaderos, los animales y sus movimientos espera lograr el
Servicio Agrícola y Ganadero en un plazo máximo de cuatro años, con el
establecimiento del Programa Oficial de Trazabilidad Sanitaria para
bovinos, en la primera etapa, y luego para otros rubros como apícola,
ovino, avícola y porcino.
“La trazabilidad es la capacidad de poder seguir desde un punto físico,
en un momento, hacia atrás o adelante animales y sus productos, es un
sistema que permite hacer el seguimiento en forma eficiente”, señaló
Dionisio Faulbaum, Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero,
entidad responsable de la implementación y funcionamiento del sistema.
Además, aclaró el directivo, la trazabilidad, en forma paulatina, se
aplicará a todas las especies pecuarias como: porcinas, aves, ovinas,
caprinas y productos como la miel, entre otras. Recordó que este
programa fue anunciado por el Ministro de Agricultura y discutido con
representantes de la industria de la carne, productores, ferias,
mataderos y la Sociedad Nacional de Agricultura. También manifestó que
el SAG continuará con el trabajo de ajuste de este sistema con todo el
sector pecuario nacional.
Dado el auge que ha tenido la exportación de productos pecuarios
nacionales, asumir el desafío de perfeccionar el sistema de trazabilidad
era ineludible, ya que contar con este sistema obligatorio de productos
alimenticios de origen animal, desde su origen (productor) hasta el
consumidor es una tendencia mundial, de la cual Chile no podía
permanecer al margen, explicó el directivo.
Además, contar con el Programa Oficial nos da una herramienta eficaz de
control al momento de enfrentar una emergencia sanitaria, como sería el
ingreso de alguna enfermedad exótica, como fiebre aftosa; ya que
rápidamente el SAG identificaría el predio desde donde provino el animal
y sus contactos focalizando el problema. Junto con lo anterior, se podrá
controlar las enfermedades como tuberculosis y brucelosis bovina.
Este sistema tiene cuatro componentes, los cuales se implementarán en
forma gradual. Dentro de éstos, señala Faulbaum, se creará un registro
oficial de establecimientos pecuarios, un registro del movimiento de
animales, un registro de medios de transportes e identificación
individual de animales. Los tres primeros serán obligatorios y el cuarto
componente es voluntario, sólo es obligatorio para animales destinados a
determinados mercados y a algunos establecimientos de interés sanitario.
Sobre el registro de establecimientos pecuarios, cada uno va a tener un
número (Rol Único Pecuario, RUP) y en el caso de la identificación de
los animales será a través de un crotal estándar (Dispositivo de
Identificación Oficial Individual, DIIO), el que se venderá a los
productores pecuarios a través de las redes de comercialización
privadas.
A fin de difundir a los distintos sectores involucrados en la cadena de
producción de la carne, es que profesionales y directivos del SAG están
realizando a lo largo de todo el país, charlas y reuniones técnicas.
Estos son los puntos que tiene el Programa Oficial de Trazabilidad
Bovina
1.- Registro de Establecimientos Pecuarios Bovinos
A partir del 1 de noviembre de 2004 los titulares de establecimientos de
la XI Región deberán inscribir sus Establecimientos Pecuarios Bovinos.
El resto de los establecimientos involucrados lo deberá hacer a partir
del 01 de enero de 2005, Todos ellos recibirán un número único nacional,
el Rol Único Pecuario (RUP), que los identificará para todo efecto ante
el SAG. Además, deberán realizar, anualmente, una declaración de
existencia de sus animales. Las ferias y los mataderos también deben
registrarse.
El programa está diseñado para que en cuatro años todos los titulares de
establecimientos cumplan con la exigencia. Durante los primeros seis
meses será obligatorio que todos los titulares de los Planteles Animales
Bajo Control Oficial (PABCO) se registren, según las necesidades de los
respectivos programas; además de aquellos planteles que utilicen campos
de pastoreo cordillerano o que se localicen en zonas limítrofes, así
como de aquellos establecimientos que participan en programas de control
y erradicación de enfermedades, según necesidades.
2.- Animales con Identificación
Otro componente fundamental del Programa de Trazabilidad es la
implementación de un Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO)
o crotal de color amarillo que tendrá un número oficial e individual
para cada cabeza de ganado.
Su utilización es obligatoria para los establecimientos PABCO, de
acuerdo a las exigencias de los países de destino, donde deberán aplicar
los crotales en todos los terneros que nazcan ya en la presente
temporada. Los titulares deberán costear la adquisición de los
dispositivos a empresas proveedoras previamente habilitadas por el SAG.
3.- Registro de movimientos
El programa también introduce el Formulario sanitario de movimiento
animal, en el que se deberán registrar todos los movimientos de ganado
entre los distintos establecimientos pecuarios bovinos, ferias y
mataderos, en forma obligatoria. Todos los medios de transporte de
bovinos también estarán inscritos en una lista especial para este
efecto.

|