Bovinos
 

SAG:
Eficiente Programa de Trazabilidad Sanitaria Oficial para el rubro Bovino

El Programa de Trazabilidad comenzará el
1 de noviembre de 2004 en la XI Región; para el resto del país se implementará a partir del 1 de enero de 2005.
Más información www.trazabilidad.sag.gob.cl a plena identificación de los predios ganaderos, los animales y sus movimientos espera lograr el Servicio Agrícola y Ganadero en un plazo máximo de cuatro años, con el establecimiento del Programa Oficial de Trazabilidad Sanitaria para bovinos, en la primera etapa, y luego para otros rubros como apícola, ovino, avícola y porcino.
“La trazabilidad es la capacidad de poder seguir desde un punto físico, en un momento, hacia atrás o adelante animales y sus productos, es un sistema que permite hacer el seguimiento en forma eficiente”, señaló Dionisio Faulbaum, Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, entidad responsable de la implementación y funcionamiento del sistema.
Además, aclaró el directivo, la trazabilidad, en forma paulatina, se aplicará a todas las especies pecuarias como: porcinas, aves, ovinas, caprinas y productos como la miel, entre otras. Recordó que este programa fue anunciado por el Ministro de Agricultura y discutido con representantes de la industria de la carne, productores, ferias, mataderos y la Sociedad Nacional de Agricultura. También manifestó que el SAG continuará con el trabajo de ajuste de este sistema con todo el sector pecuario nacional.
Dado el auge que ha tenido la exportación de productos pecuarios nacionales, asumir el desafío de perfeccionar el sistema de trazabilidad era ineludible, ya que contar con este sistema obligatorio de productos alimenticios de origen animal, desde su origen (productor) hasta el consumidor es una tendencia mundial, de la cual Chile no podía permanecer al margen, explicó el directivo.
Además, contar con el Programa Oficial nos da una herramienta eficaz de control al momento de enfrentar una emergencia sanitaria, como sería el ingreso de alguna enfermedad exótica, como fiebre aftosa; ya que rápidamente el SAG identificaría el predio desde donde provino el animal y sus contactos focalizando el problema. Junto con lo anterior, se podrá controlar las enfermedades como tuberculosis y brucelosis bovina.
Este sistema tiene cuatro componentes, los cuales se implementarán en forma gradual. Dentro de éstos, señala Faulbaum, se creará un registro oficial de establecimientos pecuarios, un registro del movimiento de animales, un registro de medios de transportes e identificación individual de animales. Los tres primeros serán obligatorios y el cuarto componente es voluntario, sólo es obligatorio para animales destinados a determinados mercados y a algunos establecimientos de interés sanitario.
Sobre el registro de establecimientos pecuarios, cada uno va a tener un número (Rol Único Pecuario, RUP) y en el caso de la identificación de los animales será a través de un crotal estándar (Dispositivo de Identificación Oficial Individual, DIIO), el que se venderá a los productores pecuarios a través de las redes de comercialización privadas.
A fin de difundir a los distintos sectores involucrados en la cadena de producción de la carne, es que profesionales y directivos del SAG están realizando a lo largo de todo el país, charlas y reuniones técnicas.

Estos son los puntos que tiene el Programa Oficial de Trazabilidad Bovina

1.- Registro de Establecimientos Pecuarios Bovinos
A partir del 1 de noviembre de 2004 los titulares de establecimientos de la XI Región deberán inscribir sus Establecimientos Pecuarios Bovinos. El resto de los establecimientos involucrados lo deberá hacer a partir del 01 de enero de 2005, Todos ellos recibirán un número único nacional, el Rol Único Pecuario (RUP), que los identificará para todo efecto ante el SAG. Además, deberán realizar, anualmente, una declaración de existencia de sus animales. Las ferias y los mataderos también deben registrarse.
El programa está diseñado para que en cuatro años todos los titulares de establecimientos cumplan con la exigencia. Durante los primeros seis meses será obligatorio que todos los titulares de los Planteles Animales Bajo Control Oficial (PABCO) se registren, según las necesidades de los respectivos programas; además de aquellos planteles que utilicen campos de pastoreo cordillerano o que se localicen en zonas limítrofes, así como de aquellos establecimientos que participan en programas de control y erradicación de enfermedades, según necesidades.

2.- Animales con Identificación
Otro componente fundamental del Programa de Trazabilidad es la implementación de un Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO) o crotal de color amarillo que tendrá un número oficial e individual para cada cabeza de ganado.
Su utilización es obligatoria para los establecimientos PABCO, de acuerdo a las exigencias de los países de destino, donde deberán aplicar los crotales en todos los terneros que nazcan ya en la presente temporada. Los titulares deberán costear la adquisición de los dispositivos a empresas proveedoras previamente habilitadas por el SAG.

3.- Registro de movimientos
El programa también introduce el Formulario sanitario de movimiento animal, en el que se deberán registrar todos los movimientos de ganado entre los distintos establecimientos pecuarios bovinos, ferias y mataderos, en forma obligatoria. Todos los medios de transporte de bovinos también estarán inscritos en una lista especial para este efecto.